| 
       
       OFICINA DEL PROCURADOR DEL 
            CIUDADANO  | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| 
       
 BASE LEGAL La Ley 
      Núm. 134 de 30 de junio de 1977, según 
      enmendada, conocida como "Ley del Procurador del Ciudadano (Ombudsman)", 
      crea esta Oficina y la adscribe a la Asamblea Legislativa. La Oficina 
      investiga cualquier reclamación de actos administrativos que aparenten ser 
      contrarios a la ley o reglamentos, irrazonables, injustos, arbitrarios, 
      ofensivos o discriminatorios, a los efectos de recomendar un remedio 
      adecuado.  
 Garantizar al ciudadano un trato justo, rápido y adecuado por parte de las agencias del Gobierno de Puerto Rico y contribuir a mejorar los procesos administrativos de los organismos gubernamentales. RECURSOS HUMANOS 
 
 
 
 PRESUPUESTO RECOMENDADO PARA EL AÑO FISCAL 2019-2020 El Presupuesto Recomendado 
      permitirá lograr la Misión de la agencia, incluyendo mantener una nómina 
      para el 100% de los empleados públicos. El mismo armoniza con el Plan 
      Fiscal presentado por el Gobierno de Puerto Rico ante la Junta de 
      Supervisión y Administración Financiera (la Junta), incluyendo el pago de 
      las pensiones ("PayGo"). El Presupuesto está basado en la metodología de 
      Presupuesto Base Cero (PBC). Además, este año fiscal iniciamos la 
      identificación de los presupuestos de las agencias con las reformas de 
      estructuras y de enfoques de política pública denominado "Policy Based 
      Budget" (PBB). Esto con el fin de vincular los planes y enfoques, con su 
      efecto sustantivo en lograr alcanzar metas, con transparencia en el 
      rendimiento de los recursos.  
 
 Investigación de Quejas y Querellas Descripción del Programa Garantiza al ciudadano un trato justo, rápido, adecuado y libre de prejuicios en su interrelación con los distintos organismos de la Rama Ejecutiva del Gobierno de Puerto Rico. Investiga las reclamaciones hechas por los ciudadanos y les asesora respecto a sus derechos. Provee orientaciones para que el ciudadano agote los remedios administrativos en las agencias gubernamentales previo a una reclamación. Además, coordina con entidades que están fuera de la jurisdicción de la Oficina y realiza investigaciones especiales dirigidas a mejorar la administración pública. Clientela Todo ciudadano que 
      tenga reclamaciones por perjuicios, trato injusto o no diligente por parte 
      de las agencias del Gobierno de Puerto Rico.  | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||